Verónica Gascón
Agencia Reforma
CIUDAD DE MÉXICO 15-Apr-2024 .-En mayo iniciará el reparto de utilidades de las empresas y el techo máximo a pagar será tres meses de salario del trabajador o el promedio de las participaciones recibidas en los últimos tres años, según le resulte más favorable.
El 3 de abril, la Suprema Corte Corte avaló ese límite, como se publicó entonces en el decreto del 23 de abril de 2021 que reguló la figura de la subcontratación laboral.
También se decidió rechazar el amparo que interpuso el sindicato minero, de Carlos Pavón, que se oponía a que esta prestación se limitara argumentando que el tope afectaba a sus agremiados.
"Fue muy acertado el fallo de la Suprema Corte, porque además lo viene a sacar justo en el momento en que hay que pagar las utilidades.
"(Establecer límites) ayudó muchísimo para que se empezara a quitar el esquema de subcontratación", comentó Ricardo Martínez, abogado laboral.
Para Martínez, los límites, que finalmente fueron declarados constitucionales, son positivos porque las empresas ya saben lo que deben pagar.
Admitió que antes de este tope muchos empleadores aplicaban esquemas para no cumplir con esta prestación.
El abogado criticó el Manual de Participación de Utilidades que emitieron las Secretarías de Hacienda y del Trabajo, ya que en la edición de este año se incluyen principios desventajosos para las empresas.
Por ejemplo, que en el primer año de operaciones de una empresa no esté obligada a pagar utilidades y que el pazo corra hasta que contrate al primer trabajador, pero a veces las compañías hicieron todos sus registros y nunca operó.
"Trae criterios que son progobierno y hay que tener cuidado, es una guía, no es obligatoria.
"Tiene criterios sesgados, que hay que consultar a un abogado o un contador", dijo Martínez.