
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó porciones clave de la reforma al Código Electoral de Michoacán impulsada por el Congreso local, de mayoría morenista. El fallo invalida la prohibición de que candidaturas independientes usen símbolos o emblemas comunes, aunque respaldó la restricción para que no actúen de forma coordinada como si fueran un partido político.
La controversia surge en pleno contexto electoral hacia la gubernatura, donde Grecia Quiroz, alcaldesa de Uruapan, perfila su aspiración bajo el "Movimiento del Sombrero" —agrupación creada por su esposo Carlos Manzo, edil asesinado en noviembre de 2025—. La reforma legal buscaba frenar el impacto de este tipo de alianzas independientes en la entidad.
A raíz de una impugnación de Movimiento Ciudadano por vulnerar derechos fundamentales, el ministro ponente Arístides Guerrero García argumentó que términos como "percepción" o "semejanza" introducían criterios subjetivos que generaban incertidumbre jurídica al sancionar infracciones imprecisas.
Durante el debate, ministros como Yasmín Esquivel Mossa y Giovanni Figueroa Mejía advirtieron que restringir ideologías compartidas atenta contra las libertades de expresión y asociación, además de limitar la oferta democrática para la ciudadanía.
En contraste, posturas como la de la ministra María Estela Ríos defendieron las restricciones al señalar que el agrupamiento de independientes desvirtúa su naturaleza legal al simular estructuras partidistas no contempladas en la normativa.
Etiquetas
Únete a nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes directo en tu celular

Gerardo García Gamas
Apasionado de la fotografía .



