TABASCO. El Colegio de Abogados Tabasqueños (CAT) denunció cobros ilegales de infracciones “fantasmas” en la Secretaría de Finanzas; además, advirtió, la Policía Estatal de Caminos (PEC) no puede condicionar el refrendo vehicular al contribuyente, como sucedió con una persona de identidad reservada que promovió un amparo ante esta arbitrariedad.
Sergio Antonio Reyes Ramos, integrante del CAT, denunció que esta acción es descubierta por los afectados hasta el momento en que van a realizar su refrendo u otros trámites.
“Diariamente cientos de ciudadanos acuden ante las Receptorías de Rentas de la Secretaría de Finanzas y Administración a pagar su refrendo anual y anteriores, donde se le condiciona dicha contribución a la liquidación de presuntas infracciones a la Ley de Tránsito, sin que éstas les hayan sido notificadas o entregadas al conductor”, alertó.
Esta situación carece de fundamento jurídico e incluso hay faltas en los procedimientos de imposición de multas, esto pues indicó que no se les notifica a los sancionados conforme a Derecho. Las multas dificultan los trámites de los automovilistas y llegan a cuatriplicar la erogación de gastos por los mismo, condenó el abogado.
“En el juicio de amparo 183/2025-III un ciudadano logró la suspensión provisional y definitiva contra tal condicionamiento, de tal modo que ya pagó únicamente el refrendo y ahora cuestiona la legalidad de las infracciones “fantasmas” que le atribuyen, pues en enero pasado el concepto fiscal era de $869.00 que con las infracciones hacían un total de $ 4,126.00, sin que en ningún momento se le haya entregado la boleta correspondiente, ni la fecha, hora y lugar de las supuestas infracciones”, refirió.
Pero la “Secretaría de Finanzas no le ha entregado ni la tarjeta de circulación ni las calcomanías correspondientes”.
Ante esta situación, el abogado convocó a todos los ciudadanos que padezcan este problema, a acudir a interponer un amparo para que no le cobren estas infracciones, aclarando que la foto multa no está legalmente constituida en la ley de Tabasco, por lo que si un elemento de tránsito recurre a este elemento, incurre en una acción ilegal.