La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad que es improcedente cualquier recurso de revisión contra las sentencias que emitieron sus salas, hoy desaparecidas por la reforma judicial. Esta decisión representa un alivio y una reafirmación del principio de cosa juzgada, al impedir que fallos pasados del máximo tribunal puedan ser cuestionados.
El proyecto, elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama y aprobado por el Pleno, argumenta que las salas no estaban subordinadas jerárquicamente al Pleno, sino que formaban parte del propio tribunal constitucional. Además, la ministra ponente señaló que no existe una norma que permita cuestionar sentencias ya emitidas por la SCJN, ya sea en Pleno o en salas.
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, respaldó la decisión, indicando que era crucial "mandar un mensaje a la nación" sobre la importancia de respetar la cosa juzgada. "Yo voy a estar a favor de respetar plenamente la cosa juzgada, en este caso concreto, vía la improcedencia del recurso de revisión", afirmó Aguilar Ortiz, destacando la diferencia con el tema pendiente de la nulidad de juicio concluido.








