
En una rápida sesión, el Tribunal Electoral de Tabasco (TET) dejó en firme las medidas cautelares y sanciones económicas impuestas al dirigente estatal del PRD, Rafael Acosta León, y a su partido. La resolución confirma la existencia de actos anticipados de campaña tras publicar mensajes orientados a inhibir el voto a favor de Morena fuera de los tiempos legales.
El fallo, dictado en acatamiento a un mandato de la Sala Regional Xalapa (juicio SX-JE-88/2026), desestimó los argumentos de la defensa perredista que apelaban a la protección del discurso político.
Bajo la ponencia de la magistrada Enedina Juárez Gómez, el órgano jurisdiccional determinó que la libertad de expresión no es un derecho absoluto cuando transgrede la equidad electoral mediante proselitismo negativo en redes sociales.
El Tribunal también echó abajo el intento de deslindar al partido bajo el pretexto de que los mensajes se difundieron en la cuenta personal del dirigente en Facebook. Apoyándose en la jurisprudencia 13/2024 de la Sala Superior, los magistrados enfatizaron que el cargo directivo de Acosta León le exige un deber de cuidado reforzado, imposibilitando separar su figura pública de la representación partidista.
Al calificar la falta como grave ordinaria, el TET respaldó la proporcionalidad de las multas impuestas tanto al líder estatal como al PRD, reafirmando que las redes sociales no son espacios de impunidad electoral ni de uso discrecional para eludir la ley.
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Gerardo García Gamas
Apasionado de la fotografía .
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