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    Publicado el 12 de julio de 2025

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    Tribunal suspende medida cautelar a periodista campechano

    Puede retomar su labor informativa

    CAMPECHE. Una resolución del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito suspendió la medida cautelar que impedía a un periodista campechano seguir ejerciendo su profesión, luego de que se le vinculara a proceso por una denuncia interpuesta por la actual gobernadora de Campeche.

     

    La mandataria estatal acusó al comunicador y al medio donde colaboró por años, de incitar al odio en su contra a través de publicaciones que, según su denuncia, habrían causado afectaciones físicas o psicológicas. A raíz de esto, se dictaron medidas que incluían la suspensión de actividades del medio y la prohibición de ejercer durante dos años.

     

    Sinn embargo, el Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito concedió la suspensión provisional con efectos restitutorios, que afectaban al periodista Jorge Luis González Valdez y a la empresa Tribuna, para que pueden retomar sus actividades mientras se resuelve el juicio de amparo principal.

     

    Los magistrados Christian Omar González Segovia, Miguel Ángel González Escalante y Gilberto Noé Martín Pat Betancourt, declararon fundado el recurso de queja presentado por Jorge Luis González Valdez y Organización Editorial del Sureste, S.A. de C.V., quienes impugnaron la imposición de medidas cautelares que les prohibían ejercer su labor periodística y operar como medio de comunicación durante dos años.

     

    En su análisis, el tribunal consideró que las medidas cautelares impuestas trasgredían de forma desproporcionada derechos humanos protegidos por los artículos 5, 6 y 7 de la Constitución. También señaló que dichas restricciones carecían de proporcionalidad y que otras acciones menos lesivas pudieron haberse tomado para proteger a la presunta víctima.

     

    Los magistrados destacaron que el actuar del juzgador de amparo fue limitado, al aplicar de forma rígida una regla general sin considerar las excepciones señaladas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad 62/2016, que permite al juez valorar el caso concreto cuando se trata de medidas cautelares que afectan derechos fundamentales.

     

    Lo anterior porque la jueza de control de jurisdicción estatal, Guadalupe Martínez Taboada prohibió al periodista González Valdez ejercer esta actividad por dos años, lo mismo que al periódico Tribuna, también lo vinculó a proceso al igual que al administrador de la página, Isidro Yerbes Cruz, por “incitación al odio y a la violencia” contra la gobernadora de Campeche Layda Sansores San Román.

    Etiquetas:

    #Justicia#Gobierno#SEGURIDAD#Campeche#Jueces
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