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    Publicado el 9 de diciembre de 2025

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    Bancos podrán bloquear transferencias electrónicas desde enero

    La CNBV obliga a clientes a configurar un límite máximo para operaciones digitales a partir de 2026

    A partir del 1 de enero de 2026, los bancos en México estarán facultados para bloquear transferencias electrónicas que excedan el límite previamente configurado por cada usuario. Esta medida responde al nuevo esquema del Monto Transaccional del Usuario (MTU), establecido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en la reforma publicada el 14 de junio de 2024 en el Diario Oficial de la Federación.


    El MTU permitirá que cada cliente defina un tope máximo para sus operaciones digitales, como transferencias o pagos móviles. Si una transacción rebasa ese monto, podrá ser detenida automáticamente o requerir una validación adicional. La CNBV implementó esta normativa como parte de un plan nacional contra fraudes cibernéticos, luego de que la Secretaría de Hacienda reportara un incremento del 40% en fraudes digitales entre 2018 y 2024, siendo el phishing el método más frecuente.


    Desde octubre de 2025, las instituciones bancarias habilitaron en sus aplicaciones la opción para configurar el MTU. A partir de enero de 2026, será obligatorio: si el cliente no define su límite, el banco aplicará uno por defecto y podrá bloquear operaciones urgentes que lo superen. El ajuste se puede realizar directamente en las aplicaciones de bancos como HSBC, BBVA, Santander, Banorte y Banamex, con pasos sencillos en sus menús de configuración.


    La medida se enmarca en un esfuerzo más amplio de las autoridades financieras para blindar las operaciones digitales, en un país donde las transferencias móviles se han convertido en el método más usado para enviar dinero y pagar servicios. Además, obliga a las instituciones a contar con planes internos de prevención de fraude, incluyendo la detección de suplantación de identidad, robo de datos y manipulación de operaciones.

    Etiquetas:

    #Economía#BANCOS
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