En medio del regreso a clases, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las familias mexicanas que ciertos gastos escolares pueden deducirse en la declaración anual de personas físicas. La medida, vigente para el ciclo 2025–2026, busca aliviar el impacto económico del nuevo ciclo escolar, siempre que se cumplan requisitos específicos.
¿Qué se puede deducir? Los pagos por colegiaturas y transporte escolar obligatorio son deducibles, pero deben cumplir con criterios fiscales estrictos:
- La institución educativa debe contar con validez oficial ante la SEP
- El pago debe realizarse por medios electrónicos (transferencia, tarjeta o cheque)
- Se debe solicitar una factura electrónica con complemento educativo, que incluya nombre del alumno, CURP, nivel escolar y clave de validez oficial
- El transporte escolar debe ser obligatorio y estar desglosado en la factura
¿Cuánto se puede deducir?
Nivel escolar Tope anual por alumno
Preescolar: $14,200 MXN
Primaria: $12,900 MXN
Secundaria: $19,900 MXN
Profesional: $17,100 MXN
Bachillerato: $24,500 MXN
Es importante destacar que no son deducibles los pagos por inscripción, reinscripción, becas ni apoyos económicos.
¿Quién puede aplicar? La deducción puede ser solicitada por padres, tutores o familiares en línea recta ascendente o descendente, siempre que el alumno no perciba ingresos superiores a una UMA anual ( $41,273 MXN).
Un alivio fiscal en tiempos escolares Aunque el beneficio no cubre todos los gastos escolares, representa una oportunidad para que las familias reduzcan su carga tributaria.
El SAT recomienda conservar las facturas y verificar que cumplan con los requisitos antes de presentar la declaración.